Si usted como autónomo, o su empresa suministra bienes o presta servicios (ojo los de carácter electrónico que tienen un tratamiento especial) a una empresa de otro país de la UE, puede deducir en su propio país el IVA soportado, es decir el IVA que haya abonado en los gastos relacionados con esa operación.
El cliente debe de especificar el importe del IVA en la declaración que él presente en su país.
Por ello, es importante que antes iniciar la operación, o prestación de servicios, COMPRUEBE SI SU CLIENTE POSEE UN NÚMERO VÁLIDO DE IDENTIFICACIÓN A EFECTOS DE IVA
Puede hacer tal comprobación en dos sitios:
• en la base de datos de la administración fiscal del Estado miembro correspondiente , donde figuran los datos de identificación de los operadores a efectos del IVA (nombre, dirección, número de IVA, fecha de asignación, periodo de validez, etc.)
• en la web VIES de la UE, que recupera los datos de identificación a efectos del IVA almacenados en las bases de datos nacionales. VIES le confirmará la validez de un determinado número de IVA.
Les recomendamos que su cliente le confirme su dirección fiscal y siempre solicite documento acreditativo de su nif, cif o lo correspondiente en su país.
Para confirmación sobre validez o existencia de un determinado número IVA y del Nombre y dirección del cliente, debe dirigirse a su punto contacto nacional, que es lo recomendado por la Comisión Europea. Las consultas se podrán hacer por teléfono, correo o fax dependiendo del país.
16.12.2014
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